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Desde el 21 de marzo de 2022, cualquier conductor debe conocer que se pone al volante bajo la nueva Ley de Tráfico, que entra el mismo día en vigor. Esta ley trae una serie de cambios que tienen como objetivo el aumento de la seguridad en carretera y la reducción de accidentes.
Estas novedades de la Dirección General de Tráfico (DGT) conllevan una serie de sanciones que podrían tocar los bolsillos de cualquiera que se ponga frente al volante. Más multas económicas y menos puntos en el carnet.
Por otro lado, cabe recalcar que los conductores de vehículos no serán los únicos afectados por estas nuevas medidas, sino otros usuarios de la vía como patinetes eléctricos, ciclistas, y en especial, los usuarios menores de edad.
Vamos a repasar las 10 nuevas sanciones.
Sostener el móvil
Ya no hablamos de estar usándolo. Todo aquel que conduzca con el móvil en la mano, aunque no hable por teléfono ni esté tecleando, perderá hasta 6 puntos en su carnet, el doble de lo que suponía hasta ahora. La cuantía económica de la sanción se mantiene en los 200 euros.
De igual manera, esta novedad también afecta a motoristas y ciclistas, que recibirán la misma sanción si sujetan el móvil o lo ajustan entre la cabeza y el casco.
Cinturón y sillas de seguridad
El no uso del cinturón de seguridad y las sillas para niño pasará de costar 3 puntos del carnet a suponer una pérdida de 4 puntos.
Ciclistas y bicicletas
Aquellos conductores que no cambien de carril, o se separen 1,5 metros, al adelantar a una bicicleta, perderán 6 puntos. Además, parar o estacionar en carriles o vías ciclistas también supondrá 200 euros de multa.
Colillas y basura
Arrojar materiales que puedan causar incendios o accidentes, como colillas de cigarro o basura, se pagará con 6 puntos y multa de hasta 500 euros.
Detectores de radares
Los detectores de radares de velocidad o cinemómetros están terminantemente prohibidos. Llevar instalado uno, aunque no esté encendido, conllevará perder 3 puntos y 200 euros de multa.
Vehículos de movilidad personal (VMP)
Es obligatorio que los conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos o las bicicletas, usen casco. No llevarlo, o no hacerlo de forma adecuada, acarreará una multa de 200 euros, y 4 puntos en el caso de los motoristas. Además, esta norma saca a los patinetes de las aceras y demás zonas peatonales.
Recuperar puntos perdidos
La recuperación del saldo inicial de 12 puntos en el carnet se producirá al cumplirse un plazo de 2 años sin cometer ninguna infracción que conlleve pérdida de puntos. En el caso de haberse perdido todos los puntos, deberá realizarse un curso de recuperación.
Menores de edad
Los menores de edad que conduzcan cualquier vehículo (bicicleta, patinete eléctrico, ciclomotor…) deberán, estrictamente, dar 0,0 como resultado en los test de alcoholemia que realicen las autoridades.
Velocidad al adelantar
No se podrá superar la velocidad máxima permitida en la vía para adelantar. El incremento de 20km/h para adelantar en vías convencionales quedará, por tanto, prohibido si supone superar la velocidad máxima permitida en la vía.
Contaminación
Ignorar las prohibiciones de circulación en zonas de bajas emisiones supondrá multas de 200 euros. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes y a los de 20.000 habitantes con graves problemas de contaminación a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 de enero de 2023.
Otras sanciones
La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial aumenta la gravedad de algunas infracciones que, hasta ahora, tenían una menor consideración, lo que quiere decir que la cuantía económica de las multas correspondientes se verá aumentada.
Así pues, se considerará infracciones muy graves (500 euros de multa), las siguientes:
- Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carnet de conducir. Además, aspirante sancionado no podrá presentarse en un plazo de 6 meses.
- Incumplir las normas de auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.
Por otro lado, pasarán a considerarse infracciones graves (200 euros de multa), las siguientes:
- Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas.
- Conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar.
Pasarán a ser infracciones leves (100 euros de multa), las siguientes:
- Incumplir la obligación de estar “en todo momento” en condiciones de controlar el vehículo.
- Incumplir normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves por parte de ciclistas.